¿Qué es el impuesto de plusvalía municipal?

La plusvalía municipal es el tributo que se paga en la transmisión de un inmueble, ya sea en una operación de venta, herencia o donación.

Plusvalía Municipal

En los últimos años, el impuesto de plusvalía municipal ha estado en entredicho por el método de calcular el importe del tributo por la ganancia obtenido en la transmisión de un inmueble, ya que se daba el caso de tener que abonarlo incluso cuando no se había producido ninguna revalorización del inmueble.

En tiempos de la burbuja inmobiliaria que estalló en el año 2008, nadie reclamaba el pago de este impuesto ya que lo habitual era que los inmuebles traspasados se hubieran revalorizado, pero tras el pinchazo de esta burbuja se daba la situación contraria y hubo muchos contribuyentes que reclamaron el pago del tributo al verse obligados a pagar por una plusvalía que no se había generado.

A continuación, te explicamos a fondo en qué consiste la plusvalía municipal y cuál es el nuevo método para calcular el tributo después del fallo del Tribunal Constitucional, que declaró el pasado 26 de octubre de 2021 nulo el anterior sistema de cálculo al considerar que aleja «notablemente» de los valores reales del mercado residencial. «Aunque la cuota no sea superior a la plusvalía realmente obtenida, sí resulta excesiva o exagerada y podría lesionar el principio de no confiscatoriedad», reza al fallo.

¿En qué consiste la plusvalía municipal?

La plusvalía municipal es el nombre coloquial que recibe el Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana. Este tributo mide el aumento del valor de un bien inmueble desde que un individuo lo compra hasta que lo transmite a otro comprador. Es decir, presupone que desde el momento en que se adquiere hasta que se vende existe un incremento del valor del inmueble. Este impuesto no solo incluye los procesos de compraventa de inmuebles, sino también de herencias y donaciones.

Cuantía del impuesto de plusvalía municipal

Como su propio nombre indica, es un impuesto municipal, por lo que el importe del tributo se tiene que abonar en el ayuntamiento en el que esté situado la vivienda o terreno sobre el que se está aplicando dicha tasa. Cada consistorio fija la cuantía y el porcentaje, siendo el 30% el máximo legal.

¿Quién debe pagar este tributo?

En el caso de ser una operación de compraventa de un inmueble, el que debe abonar el impuesto es el vendedor. Por su parte, cuando se recibe una vivienda o un terreno en una herencia o donación, es el beneficiario quien debe asumir el tributo.

Plazo de pago de la plusvalía municipal

Cuando estamos en una venta, el plazo máximo de pago es de 30 días hábiles desde el traspaso. En el segundo caso, herencias o donaciones, el periodo de tiempo para abonar el impuesto se extiende a seis meses, los cuales pueden ser prorrogables hasta un año sin ningún tipo de coste.

¿Quién puede reclamar?

Tras el último fallo del Tribunal Constitucional, este el impuesto quedó anulado en las operaciones firmadas desde el 26 octubre de 2021, fecha en la que se conoció el fallo, hasta el 9 de noviembre, un día antes de la entrada en vigor en el BOE del nuevo método para calcular la cuantía del tributo. También continúan los recursos que se hubieran interpuesto con anterioridad al fallo del Tribunal y que estén aún pendientes de resolución judicial.

¿Qué pasa si ya se ha pagado?

En caso de haber abonado la plusvalía municipal, ya no existe posibilidad de poder recuperar la cantidad, a no ser que se hubiese comenzado algún procedimiento para reclamarlo.

¿Cómo es el nuevo método de cálculo?

El Gobierno ha aprobado un Real Decreto-Ley por el que se fija un nuevo sistema que contempla dos métodos para calcular la cuota tributaria a elegir por el contribuyente:

Estimación objetiva

Tiene en cuenta el valor catastral del suelo, que se multiplica a partir de unos coeficientes determinados por el Ayuntamiento en función del periodo de generación del aumento de valor del terreno desde que se adquirió hasta que se transmitió. Los coeficientes, que serán actualizados anualmente, van desde el 0,13% cuando haya transcurrido un año desde la compra hasta el 0,45% cuando hayan pasado 20 años o más. 

Estimación directa

Tiene en cuenta diferencia entre el valor de adquisición de la vivienda y su valor de transmisión. 

A diferencia del anterior método, quien no obtenga ninguna plusvalía en la venta no tendrá que pagar el impuesto.